Reglamento de la promoción
VIVE LA EXPERIENCIA ICON

A. SOBRE LA PROMOCIÓN:

1- Del patrocinador: La presente promoción, los derechos de autor de la actividad promocional y la publicidad son propiedad exclusiva de iCon S.A. (Industrias de Computación Nacional S.A.), adelante conocido como el patrocinador que distribuye en Costa Rica la marca Apple.

2- Del facilitador: La presente promoción será aplicable únicamente en la Tienda APR de iCon S.A. en Multiplaza Escazú en la República de Costa Rica.

3- De la naturaleza: La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para quienes se inscriban a través de la página web: http://experienciaicon.com/ y participarán todos aquellos que sean legitimados según este reglamento. En esta promoción no es necesaria la compra de ningún producto, sino inscribirse de acuerdo con este reglamento.

4- De la territorialidad: La presente promoción es válida únicamente en la Tienda APR de iCon S.A. en Multiplaza Escazú en la República de Costa Rica y es aplicable para cualquier persona física, sea nacional o no de este país, pero que resida en Costa Rica y sea mayor de 18 años de edad. Si el día del sorteo o posteriormente se detecta que la persona favorecida es un menor de edad o incluso que lo era cuando se registró, entonces se anulará la participación y no tendrá derecho a reclamo alguno y si el premio se ha entregado, deberá devolverlo con los daños y perjuicios ocasionados.

B. PERÍODO PROMOCIONAL:

La promoción es por tiempo limitado; inicia el día miércoles 28 de octubre del 2009 y finaliza el día viernes 13 de noviembre del 2009, según las condiciones del presente reglamento.

C. PARTICIPANTES:

5- Participarán personas físicas, mayores de 18 años, sea nacionales o no de este país, pero que se puedan hacer presentes para retirar el premio en la Tienda APR en Multiplaza Escazú en caso de ser ganadores y que se inscriban mediante la dirección: http://experienciaicon.com/. Solamente los interesados que hayan registrado correctamente los datos requeridos en la base de datos podrán participar en el sorteo.

6- Se considerará como un requisito indispensable y necesario para poder participar en la presente promoción que el interesado conozca y acepte anticipadamente las condiciones, mecánica, características y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento. Se entenderá la aceptación implícita de las condiciones de la promoción el momento de hacer el ingreso de los datos para el objeto de esta promoción dentro del período en que se encuentre vigente.

C. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN:

7- Para poder participar, la persona deberá llenar un formulario con sus datos personales completos (nombre, apellidos, dirección de correo electrónico y teléfono) y quedará inscrito automáticamente en la presente promoción. Si el interesado no brinda alguno de los datos solicitados, entonces el día del sorteo su participación no será tomada en cuenta.

8- Se guardará un registro electrónico con los datos de los participantes. Con esta información iCon S.A. hará el sorteo para escoger al ganador que tendrá derecho a US$2,009 (dos mil nueve dólares americanos exactos) más US$10 adicionales por cada amigo que se registre en su fila, canjeables en producto únicamente en la Tienda APR de Multiplaza Escazú. El valor del premio no es negociable, canjeable por dinero en efectivo ni transferible a terceros; únicamente podrá ser aplicado por la persona ganadora.

9- En el caso de los amigos, estos no ganan nada, sólo la satisfacción de haber contribuido con aumentar el premio de su amigo ganador. Sin embargo, el amigo podrá crear su fila si así lo desea y optar por el mismo premio final.

10- En el caso de que los productos seleccionados por el ganador sobrepasen el valor del premio al que tendrá derecho, sumados los US$2,009 más los $10 adicionales por cada amigo que se registre en su fila, la persona favorecida podrá cancelar la diferencia.

11- No se aceptan reclamos ni devoluciones sobre los productos elegidos por el ganador.

12- El día lunes 16 de noviembre del año 2009 en la Tienda APR de Multiplaza Escazú o donde iCon lo designe, en presencia de un notario público y de dos testigos de iCon S.A., se realizará el sorteo de esta promoción. El ganador será anunciado a través de correo electrónico directo y en la página web: http://experienciaicon.com/

Una vez reclamado el premio, el patrocinador definirá y comunicará al favorecido respectivo la fecha y hora en que su premio le será oficialmente entregado en la Tienda APR de Multiplaza Escazú.

13- No participan en esta promoción personal de iCon S.A. ni de la agencia de publicidad jotabequ, ni familiares de estos en primer grado de consanguinidad.

D. DE LOS PREMIOS:

14- La empresa patrocinadora iCon S.A. ha destinado la suma de US$2,009 (dos mil nueve dólares americanos) más $10 adicionales al ganador por cada amigo que se registre en su fila. En el caso de que los productos escogidos sumen menos de los $2,009, la diferencia no será entregada al ganador.

15- La distribución del premio es el siguiente: habrá un solo ganador por un monto de US$2,009 (dos mil nueve dólares americanos) más $10 adicionales al ganador por cada amigo que se registre en su fila a entregar en la Tienda APR en Multiplaza Escazú. En el caso de los amigos, estos no ganan nada, sólo la satisfacción de haber contribuido con aumentar el premio de su amigo ganador.

E. CONDICIONES Y RESTRICCIONES:

16- La frase “Aplican restricciones” incluida en la publicidad de la promoción hace referencia a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente reglamento y que deben ser cumplidos en su totalidad por los participantes de dicha promoción.

17- Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resultara favorecida autoriza –al aceptar su premio– a iCon S.A. a hacer uso de su nombre e imagen para que aparezcan en publicaciones y en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, tanto por concepto de entrega como de recibo del premio, sin que esto implique remuneración o compensación adicional ni reclamo alguno por derechos de imagen.

18- Tanto la empresa patrocinadora como la agencia de publicidad quedarán liberadas de toda responsabilidad si durante el tiempo de la promoción el sistema de inscripción vía web deja de funcionar, sin que la empresa patrocinadora o las facilitadoras deban asumir ningún tipo de responsabilidad por dicho supuesto.

19- El ganador deberá presentar para la entrega del premio de la presente promoción un documento de identificación con fotografía válido y reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica, en donde consten sus datos personales y la firma habitual de este. No poseer documentos o no presentarlos lo invalidará como ganador de la promoción sin asumir la patrocinadora ningún tipo de responsabilidad por dicha comunicación.

20- Si el premio no pudiese ser aplicado por causas imputables al ganador o si no acepta la aplicación o condiciones de este, el premio se considerará renunciado y extinguido en relación con el ganador y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, ya que la posibilidad de obtener el premio se realizará únicamente en forma automática.

21- Del vencimiento: Una vez finalizada la promoción, el lunes 16 de noviembre se realizará el sorteo entre los participantes que cumplan el presente reglamento . El ganador tendrá 15 días naturales para hacer válido el canje del premio o se considerará renunciado y extinguido en relación con el ganador y no le asistirá este derecho.

22- Se establece que –en el caso de que se demuestre que una persona recibió un premio por medio de engaño (sea en forma dolosa o culposa)– el patrocinador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales correspondientes. En el supuesto de que el notario declare un ganador de la promoción sin que cumpla los requisitos expuestos en este reglamento, esta transacción será ANULADA, toda vez que no cumpla con las condiciones de participación.

23- En circunstancias demostradas de caso fortuito o fuerza mayor, la empresa patrocinadora podrá cambiar las características o especificaciones de la mecánica o del premio ofrecido en esta promoción sin que se incurra en responsabilidad de su parte. De ser el caso, esta circunstancia se comunicará en la dirección web: http://experienciaicon.com

24- El patrocinador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones, irregularidades o simplemente cualquier otro tipo de circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora. Esta circunstancia se comunicará públicamente de ser necesario y por consiguiente, la presente promoción cesará indefinidamente. Es suficiente que sea comunicado en la dirección web: http://experienciaicon.com/

25- Cualquier asunto que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento será resuelto por el patrocinador en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica.

26- De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción asumirá –bajo ninguna circunstancia– responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento; lo anterior de conformidad con lo establecido dentro del artículo 37 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Protección del Consumidor Nº 7472 de la República de Costa Rica en relación con el inciso d) del artículo 43 del Reglamento a la ley citada.

27- Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento.

28- Para dudas y consultas la empresa patrocinadora ha puesto a disposición el teléfono: 2234-2076, en horas y días hábiles o la página web: http://experienciaicon.com/. Bajo ninguna circunstancia la evacuación de dudas o consultas con respecto a la promoción implicará o supondrá la modificación o carencia de efectos en forma expresa o tácita del presente reglamento.

 
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